TÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO ÚNICO
Disposiciones Generales
Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3.
TÍTULO SEGUNDO
CAPÍTULO I
De las Autoridades en materia de Desarrollo
Económico de la Ciudad de México
Artículo 4.
CAPÍTULO II
De la Persona Titular de la Jefatura de Gobierno
y la Secretaría de Desarrollo Económico.
Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo 12.
CAPÍTULO IV
De los Comités de Fomento Económico de las Alcaldías
Artículo 13. Artículo 14. Artículo 15.
TÍTULO TERCERO
De los Instrumentos y Estímulos para la Promoción
y Fomento para el Desarrollo Económico
CAPÍTULO ÚNICO
De los Instrumentos
Artículo 16. Artículo 17.
TÍTULO CUARTO
De los Programas
CAPÍTULO ÚNICO
Del Programa Sectorial
Artículo 18. Artículo 19. Artículo 20.
TÍTULO QUINTO
De las Directrices para el Fomento y Promoción del Desarrollo Económico
Artículo 21.
CAPÍTULO I
Del Desarrollo Sustentable
Artículo 22. Artículo 23.
CAPÍTULO II
De la Mejora Regulatoria para el Fomento
y Promoción del Desarrollo Económico
Artículo 24. Artículo 25.
Artículo 26.- Las Dependencias, Entidades de la Administración Pública, así como las Alcaldías, en el
ámbito de sus respectivas competencias, promoverán la asistencia técnica regulatoria y resolución
expedita de problemas de regulación que tengan los Agentes Económicos, con el propósito de que operen
con oportunidad y en condiciones competitivas.
CAPÍTULO III
Del Aprovechamiento Territorial en Materia Económica
Artículo 27. Artículo 28. Artículo 29. Artículo 30.
CAPÍTULO IV
De la Inversión
Artículo 31. Artículo 32. Artículo 33. Artículo 34. Artículo 35. Artículo 36.
CAPÍTULO V
Del Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
Artículo 37. Artículo 38. Artículo 39.
CAPÍTULO VI
De la Promoción del Empleo Productivo para el
Fomento y Promoción del Desarrollo Económico
Artículo 40. Artículo 41. Artículo 42. Artículo 43. Artículo 44.
CAPÍTULO VII
Del Desarrollo en Ciencia, Tecnología e Innovación para el
Fomento y Promoción del Desarrollo Económico
Artículo 45. Artículo 46. Artículo 47. Artículo 47 Bis. Artículo 48. Artículo 49.
CAPÍTULO VIII
Del Impulso a la Infraestructura y Creación de Bienes de Uso
Público para el Fomento y Promoción del Desarrollo Económico
Artículo 50. Artículo 51.
CAPÍTULO IX
De la Integración de Actividades Productivas
Artículo 52.
CAPÍTULO X
De la determinación de las Áreas de Desarrollo Económico
Artículo 54. Artículo 55. Artículo 56.
TÍTULO SEXTO
De los Sistemas
CAPÍTULO ÚNICO
De los sistemas de información para la Promoción y
Fomento del Desarrollo Económico de la Ciudad de México.
Artículo 58. Artículo 59.
TRANSITORIOS
TRANSITORIOS DEL DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA
EL DESARROLLO ECONÓMICO DEL DISTRITO FEDERAL Y DE LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA
COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO
EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 07 DE DICIEMBRE DE 2017.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, Apartado A, Base III, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; Transitorios Primero y Segundo del Decreto por el que se declaran
reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 48, 49 y 67, fracción II, del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal, para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto
Promulgatorio en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a los treinta y un días
del mes de octubre del año dos mil diecisiete.- EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MIGUEL
ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE GOBIERNO, DORA PATRICIA MERCADO
CASTRO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SALOMÓN CHERTORIVSKI
WOLDENBERG.- FIRMA.
TRANSITORIOS DEL DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA
EL DESARROLLO ECONÓMICO DEL DISTRITO FEDERAL Y DE LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA
COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO
EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 07 DE DICIEMBRE DE 2017.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, Apartado A, Base III, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; Transitorios Primero y Segundo del Decreto por el que se declaran
reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 48, 49 y 67, fracción II, del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal, para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto
Promulgatorio en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a los treinta y un días
del mes de octubre del año dos mil diecisiete.- EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MIGUEL
ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE GOBIERNO, DORA PATRICIA MERCADO
CASTRO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SALOMÓN CHERTORIVSKI
WOLDENBERG.- FIRMA.
TRANSITORIOS DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE
LA LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL
DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 20 DE ABRIL DE 2018.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, Apartado A, Base III, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; Transitorios Primero y Segundo del Decreto por el que se declaran
reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 48, 49 y 67, fracción II, del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal, para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto
Promulgatorio en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a los veinte días del
mes de febrero del año dos mil dieciocho.- EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MIGUEL
ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE GOBIERNO, DORA PATRICIA MERCADO
CASTRO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, JOSÉ FRANCISCO CABALLERO
GARCÍA.- FIRMA.
TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA DENOMINACIÓN DE LA LEY PARA EL
DESARROLLO ECONÓMICO DEL DISTRITO FEDERAL POR EL DE LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO
DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO LA DENOMINACIÓN DEL CAPÍTULO I, II Y IV DEL TÍTULO SEGUNDO,
SE REFORMAN Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20,
21, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 31, 32, 33, 34, 38, 42, 46, 47, 47 BIS, 48, 49, 50, 51, 53, 54, 55, 56, 58 Y 59,
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL DÍA 09 DE JUNIO DE 2021.
TRANSITORIOS DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN XIX DEL ARTÍCULO 2º, SE
ADICIONA UNA FRACCIÓN XIV BIS AL ARTÍCULO 3º, SE ADICIONA UN PÁRRAFO FINAL AL ARTÍCULO 18º
Y SE REFORMA EL ARTÍCULO 21º, TODOS DE LA LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÈXICO, EL 15 DE JUNIO DE 2023.